Guanajuato, Gto.– El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal para crear el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales, el cual será obligatorio para quienes reciban sentencia firme por delitos de este tipo y permanecerá vigente hasta 10 años después de cumplir su condena.
La nueva disposición establece que la reparación del daño moral no exime a los sentenciados de ser inscritos en este padrón. Además, el juez deberá ordenar de manera obligatoria el registro en casos como feminicidio, trata de menores, abuso sexual infantil, acoso y hostigamiento contra menores, explotación sexual y corrupción de menores, entre otros.

El registro será administrado por la Fiscalía General del Estado y aplicará incluso cuando la pena de prisión sea sustituida o suspendida. La inscripción se mantendrá durante todo el tiempo que dure la condena y se extenderá por una década adicional tras la liberación del agresor.
Durante la discusión, legisladores a favor señalaron que la medida busca prevenir la reincidencia, fortalecer la protección de víctimas y dotar al Estado de herramientas para combatir la violencia sexual, especialmente contra niñas, niños y adolescentes.
En contraste, voces en contra advirtieron posibles riesgos de inconstitucionalidad, al considerar que el carácter público del registro podría vulnerar derechos como la privacidad y la reinserción social, además de representar una sanción adicional.
El dictamen fue aprobado por mayoría. Una propuesta para eliminar el carácter público del registro y limitar su consulta a autoridades no prosperó.
